Tips Legales; La sucesión intestamentaria
Cuando fallece una persona, hay una serie de derechos que no se extinguen con la muerte.
Para realizar la transmisión de esos derechos, como pudieran ser los bienes que tenía la persona que falleció, se prevé la existencia de un testamento en el que se disponga la forma en que se hará esa transmisión, y a que persona o personas se le otorgaran.
Pero cuando no se realizó testamento, la ley establece lo que se conoce como la sucesión intestamentaria, que es un procedimiento que se realiza en la mayoría de los casos ante un juez de lo familiar, y que consta de cuatro etapas, que son:
1) Declaratoria de Herederos y Nombramiento de Albacea, 2), Inventarios y Avalúos, 3) Administración y Rendición de Cuentas y 4) De Partición y Adjudicación.
Todas estas etapas tienen sus particularidades, y buscan desde definir quiénes son las personas que acreditaron su relación filial más cercana con el difunto para ser declaradas herederas, acreditar los bienes que tenía dicha persona, los activos y pasivos que había respecto de sus bienes, y la forma en que se van a transmitir.
Por ello, es recomendable saber qué derechos se tienen ante el fallecimiento de un familiar, como es el trámite para hacer efectivos esos derechos, y el resultado que se obtendrá.
Dentro de este procedimiento se realiza una investigación para saber de inicio si hubo o no testamento otorgado por el difunto, y se llevan a dos testigos para interrogarlos a fin de constatar que no existen otros posibles herederos a los que se les tenga que notificar el inicio del procedimiento.
Fomentemos la cultura de la legalidad.
MAESTRO EN DERECHO JOAQUÍN HERNÁNDEZ LÓPEZ, ABOGADO POSTULANTE, DIRECTOR GENERAL DE HERNÁNDEZ Y HERNÁNDEZ ABOGADOS.
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