Editorial

Tips legales; El interés superior de la niñez

Joaquín Hernández López

Así se denomina al catálogo de valores, principios, interpretaciones, acciones y procesos dirigidos a forjar un desarrollo humano integral y una vida digna, así como generar las condiciones materiales que permitan a los niños vivir plenamente y alcanzar el máximo de bienestar personal, familiar y social posible, cuya protección debe promover y garantizar el Estado en el ejercicio de su función Legislativa, Ejecutiva y Judicial, por tratarse de un asunto de orden público e interés social.
Esto implica que la toma de decisiones relacionadas con ese periodo de vida, (infancia y adolescencia), tienen que darse de tal manera que, en primer término y antes de cualquier otra consideración, se busque el beneficio directo del infante y del adolescente a quien van dirigidas.
Nuestro país es parte de la Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada en la ciudad de Nueva York, en 1989, en vigor desde el mes de septiembre de 1990. Este cuerpo normativo diversos puntos esenciales, entre los cuales se encuentra precisamente el reconocimiento de la persona humana en su niñez y su necesidad de crecer en un ambiente familiar de felicidad, amor y comprensión para lograr un desarrollo pleno y armonioso, así como el derecho a una atención especial en consideración a sus propios intereses calificados de superiores en todas las instancias judiciales, administrativas o de bienestar social, el derecho a dar su opinión y que esta sea tomada en cuenta en todos los asuntos que le afecten incluyendo los de carácter judicial y administrativo, y el derecho a ser protegido contra peligros físicos o mentales.
Fomentemos la cultura de la legalidad.
MAESTRO EN DERECHO JOAQUIN HERNANDEZ LÓPEZ, ABOGADO POSTULANTE, DIRECTOR GENERAL DE HERNÁNDEZ Y HERNÁNDEZ ABOGADOS.